DeCA, carta de porte, CMR y e-CMR
Actualizado el 3 de octubre de 2026
El DeCA es un documento de control para la administración; la carta de porte y la CMR documentan el contrato de transporte. Un mismo documento puede cumplir las dos funciones, pero no son lo mismo.
| DeCA | Carta de porte nacional | CMR / eCMR | |
|---|---|---|---|
| Naturaleza | Administrativa (control e inspección) | Contractual (contrato de transporte) | Contractual internacional |
| Ámbito | Transporte público interior y cabotaje en España | Transporte interior | Transporte internacional por carretera |
| Obligatoria | Sí, electrónica desde 5/10/2026 | Según el contrato | Sí, en internacional (la eCMR es voluntaria) |
| Firma | No obligatoria | Habitual | Sí |
| Formato | PDF nativo + QR + URL sin credenciales | Libre | Papel o eCMR |
El DeCA
Documento administrativo que exige la Orden FOM/2861/2012 en el transporte público de mercancías por carretera interior, incluido el cabotaje. Su formato es libre, pero desde el 5 de octubre de 2026 debe ser electrónico y cumplir la Resolución de 5 de junio de 2026. Su firma no es obligatoria. Ver qué es el DeCA.
La carta de porte
Documenta el contrato de transporte entre cargador y porteador. Si además lleva todos los datos del DeCA y cumple sus requisitos técnicos, sirve también como DeCA: la propia orden lo prevé para la carta de porte y otra documentación del transporte.
La CMR y la e-CMR
La CMR es la carta de porte del transporte internacional por carretera. Los transportes internacionales usan los documentos de los convenios internacionales y no necesitan DeCA; el cabotaje en España (transporte interior hecho por un transportista extranjero) sí lo necesita. La e-CMR es su versión electrónica: España se adhirió a su protocolo en 2011, pero no es obligatoria.
El albarán, el documento ADR y otros
La Resolución admite como DeCA cualquier formato que se use para documentar un transporte: carta de porte, documento de transporte ADR de mercancías peligrosas, documento de identificación de traslado de residuos o documento SANDACH, entre otros. Siempre que lleve todos los datos del DeCA y figuren de forma expresa y diferenciada el cargador contractual y el transportista efectivo. En mercancías peligrosas hay dos obligaciones distintas (documento ADR y DeCA), que se pueden llevar por separado o en un mismo documento.
¿Y eFTI?
Las plataformas eFTI (Reglamento UE 2020/1056) son otro régimen: voluntario y con certificación. Si los datos del DeCA se presentan con el esquema eFTI, no hace falta presentar el DeCA en PDF. DecaEasy guarda los datos estructurados para facilitar esa evolución.
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Preguntas frecuentes
¿La e-CMR es obligatoria?
No. El Ministerio de Transportes aclara que la e-CMR no es obligatoria. Lo obligatorio desde el 5 de octubre de 2026 es el DeCA en el transporte interior.
¿Puedo usar el formato de la CMR para un transporte nacional?
Sí, como formato, siempre que lleve todos los datos del DeCA, identifique al cargador contractual y al transportista efectivo y cumpla los requisitos del DeCA electrónico. Usar ese formato no hace que se aplique el convenio CMR a un transporte nacional.
¿Un albarán puede servir como DeCA?
Sí, si contiene todos los datos obligatorios del DeCA y es un documento electrónico que cumple la Resolución de 5 de junio de 2026: PDF nativo, QR y URL de descarga directa sin credenciales.
Fuentes: Orden FOM/2861/2012 (texto consolidado) · Resolución de 5 de junio de 2026 (requisitos del DeCA electrónico) · Preguntas frecuentes del Ministerio sobre el DeCA. Contenido orientativo: no sustituye al texto publicado en el BOE ni a tu asesor.