Datos obligatorios del DeCA
Actualizado el 3 de octubre de 2026
El DeCA debe llevar, al menos, los datos esenciales del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012. Desde la Orden TRM/282/2026, el cargador contractual responde de los datos a) a d) y el transportista efectivo de los e) a g).
| Dato | Responde |
|---|---|
| a) Nombre o razón social, NIF y domicilio del cargador contractual | Cargador contractual |
| b) Nombre o razón social y NIF del transportista efectivo | Cargador contractual |
| c) Lugares de origen y destino | Cargador contractual |
| d) Naturaleza y peso de la mercancía | Cargador contractual |
| e) Autorización especial de circulación, si procede | Transportista efectivo |
| f) Fecha de realización del transporte | Transportista efectivo |
| g) Matrícula del vehículo (y del remolque) | Transportista efectivo |
| Observaciones y reservas | Ambos |
Detalles que conviene saber
- Peso: si por cómo se carga el vehículo es difícil saber el peso exacto, la orden permite usar otra magnitud para determinarlo.
- Matrículas: en un conjunto articulado, la de la tractora y la del semirremolque o remolque. Si el vehículo cambia ya empezado el transporte, la empresa de transportes debe hacerlo constar.
- Observaciones y reservas: se incluyen siempre que alguna de las partes lo pida, y responde de ellas quien las incluye.
- Varios envíos: si agrupas envíos en un DeCA, cada uno debe llevar su origen, destino, naturaleza y peso.
Consejos
- Usa el NIF completo con letra de control: DecaEasy lo valida automáticamente.
- Indica el peso real en kilogramos. Si hay varios envíos, cada uno con su peso.
- Si cambia el vehículo, rectifica el DeCA antes de continuar el servicio.
- Un albarán puede servir como DeCA si contiene todos estos datos y cumple los requisitos técnicos.